Algunas leyes de TuBishvat

"Diezmo agrícola"

Como dijimos en el texto sobre la celebración del año nuevo de los árboles, el El 15 de Shevat posee distintas implicaciones halájicas en relación a la Terumá, Maaser, -diezmo agrícola-, entre otros apectos.  A los efectos de ilustrar esta idea se señalan uno de estos ejemplos".
Está escrito en la Torá: "Cuando lleguen a la tierra de Israel y planten todo árbol frutal, tres años será apartado, no se comerá su fruto". Explican nuestros sabios que es preciso contar tres años desde la plantación de la semilla para poder consumir el fruto del árbol. Todos los frutos que produce el árbol dentro de los tres años no pueden usufructuarse de ninguna forma.
Sin embargo, estos tres años no se cuentan en forma diaria, sino según las fechas calendario. Por ejemplo la semilla que fue sembrada antes del 16 de Ab del 5771, 44 días antes del Rosh Hashana de 5772, cumple este día el primer año de los tres prohibidos para el fruto. Pues treinta días en el año son considerados como un año, a lo que se le agregan catorce días para que las semillas echen raíces. A partir de entonces se cuentan dos años para complementar los tres que corresponden a esta prohibición de la Torá. Y si plantó la semilla el año 5771 cuenta otros dos años, 5772, 5773 y el 5774 el fruto que se produzca será permitido. Sin embargo, el día 15 de Shevat es el Rosh Hashana de los árboles, por lo tanto los frutos que se hallen en el árbol el año 5774, el cuarto año de la plantación de la semilla, no puede hacerse usufructo de los mismos, y solo los frutos que broten a partir del 16 de Shevat se podrán consumir incluso sin separar terumá o maaser –los diezmos que se separan en la tierra de Israel-.  Los frutos que brotan el cuarto año son denominados “neta´revai” y pueden ser consumidos sólo en Jerusalén tras rescatarlos según establece la halajá.
De todas formas, y aún cuando el 15 de Shevat no son juzgados los árboles, escribe Rabi Yosef Hayim de Babel (el Ben Ish Hay) que existe una tradición entre los sabios ashkenazim que se debe pedir este día porque en Sucot se produzca un etrog casher y bonito para cumplir con el precepto de la festividad.

Leyes del encendido de las velas de Hanuká

Consideraciones halágicas

¿Cuándo encnder?

El momento de encender las velas de Hanuká coincide con la "salida de las estrellas", es decir, unos doce minutos después de la puesta del sol (la hora de la puesta del sol aparece en los calendarios). Y hay algunos Ashkenazim que lo encienden inmediatamente después de la puesta del sol. Y si se atrasa de este horario y no ha encendido, deberá encender de inmediato, y aunque se haya retrasado hasta ya muy tarde, puede encender hasta el despunte del alba.

El precepto 

Según se aclara en la Halajá Diaria, los Sefaradim acostumbran a que el mayor de la familia encienda las velas, y así todos los miembros del hogar cumplen su obligación. Mientras que los Ashkenazim practican que cada miembro de la casa encienda velas. También mencionamos que las mujeres deben encender velas de Hanuká. Por lo tanto, una mujer soltera, o cuyo esposo no está en casa, debe encender las velas de Janucá ella misma. Y si el marido sabe que llegará más tarde del horario de encendido, entonces podrá designar a su esposa como su representante para encender velas, y ella encenderá las velas recitando la correspondiente bendición, y entonces de esta forma su esposo también cumplirá con su deber.
 

Leyes sobre el encendido de las luces de Hanuká

Excepciones

"Dado que la obligación de encender velas de Janucá se aplica sólo a hombres y mujeres mayores de la edad de observancia-se añade-, por lo tanto, si un niño enciende las velas de Hanuká, el resto de los adultos en la casa no cumplirán con su deber. Por lo tanto, no se debe permitir que el niño encienda todas las velas de Janucá. Pero si el padre o el cabeza de familia encendiera la primera vela, el resto de las velas se le permite dar a un niño pequeño para que lo encienda. (Y lo correcto es que el padre e hijo enciendan juntos). Y la vela "adicional" (conocida como “shamosh”) se le puede dar a cualquiera para que la encienda".
Y el hecho que un pequeño no puede encender velas de Hanuká, algunas opiniones sostienen que un pequeño de doce años sí puede encender velas de Janucá (Zibje Tzedek Tomo 3 Capítulo 41). Pero todavía hay dudas al respecto. Y de todos modos, si sucedió que un pequeño bendijo y encendió las velas de Hanuká, no hay necesidad de apagar y encender otras velas de HanuKá (Jazon Ovadia página 49).

Consideraciones

El aceite, las mechas y las velas que sobren del encendido de las velas de Hanuká son santificados por el precepto que se ha cumplido con ellos, por lo tanto, deben quemarse después de los días de Hanuka. Y para evitar esta situación, es correcto estipular antes de Hanuká que no se tiene la intención de asignar santidad al aceite y las mechas por el bien de la mitzvá. Entonces no se aplicará ninguna santidad a los restos del aceite y las mechas, y se podrá hacer con ellos lo que quiera.

Fuente: Halacha Yomit Israel.

Leyes del Día de Tisha beAv

En este día de duelo nacional se observa un riguroso ayuno de 25 horas y rigen varias prohibiciones como vestir calzado de cuero, relaciones maritales, comer, beber y lavarse, sólo lo imprescindible, entre otras. 

En esta entrega de hoy, cortesía de Halacha Yomit, nos complace compartir las leyes y costumbres que rigen el 9 de Av, que este año coincide con el 27 de julio. Hay que tener en cuenta que la festividad comienza al aterdecer de la víspera, es decir, el miércoles después de la puesta del sol, con la finalización de la última comida que precede al ayuno. Pueden consultar los horarios correspondientes a cada país o comunidad, para determinar el comienzo y fin del ayuno.
En el curso del día de 9 de Av rigen las prohibiciones de comer, beber, calzar zapatos de cuero, relaciones conyugales, lavarse, ungirse con cremas y aceites y estudiar Torá, porque supone regocijo en un día de luto y duelo por la destrucción del Sagrado Templo de Jerusalem y por otras calamidades sufridas por el pueblo de Israel en esta fecha. Sin embargo, está permitido la lectura de los libros de Job y de Jeremías, cuyas profesías aluden a la destrucción del Santo Templo. Igualmente, está indicado el estudio de los Midrashim alusivos a la destrucción, leyes sobre el duelo, entre otros. Asimismo está permitido estudiar obras de Musar que aleccionan a la persona sobre cómo comportarse y rectificar su conducta.
La víspera de Tisha BeAb se debe comer hasta la caída del sol, a partir de entonces comienzan a regir las cinco abstenciones indicadas.
Está prohibido lavarse el día de Tisha BeAb tanto total como parcialmente, con agua caliente o con agua fría, incluso introducir un dedo en el agua está prohibido. Por ello, la mañana de Tisha BeAb debe realizar la “netilat yadaim” –lavado ritual de manos- como lo hace habitualmente pero vertiendo agua sólo hasta los nudillos de la mano y pronunciar la bendición. Lo mismo aplica para el lavado de manos al salir del baño. No debe lavarse la cara en la mañana al despertar sino pasarse la mano húmeda o suavemente mojada por los ojos para eliminar la lagaña. Si habitualmente se lava la cara y no hacerlo lo hace sentir incómodo, podrá lavarse la cara. La novia durante los primeros treinta días a partir de su boda puede lavarse la cara normalmente para no deslucirse ante su marido.
Aún cuando en las leyes concernientes al ayuno del 17 de Tamuz se indica que la persona puede cepillarse los dientes si realmente lo necesita, teniendo la precaución de no tragar restos del lavado y no introducirse en la boca 80 mililitros de de agua de una sola vez, en tisha beAb no aplica esta autorización, a menos que posea halitosis –mal aliento- y esto lo afecta ciertamente, entonces podrá cepillarse agregando otra condición a las ya citadas, y es que mantenga la boca hacia Abajo para evitar tragar agua. Los motivos de cada uno de estos dictámenes escapan a este contexto.
Ante la pregunta de qué hacer si olvidó preparar ropa lavada para la semana de tisha beAb ¿puede utilizar ropa lavada esta semana, o aún así no puede hacerlo?
Sobre este particular, escribe en la obra Lehem Hapanim en nombre del gran erudito de Lublin, que en este caso puede colocar la ropa sobre la tierra –piso no cubierto- durante una hora y así la prenda se considerará una ropa no lavada. Sobre esto escribe Rabí Ovadia Yosef, z”l, que de haber olvidado preparar ropas para esta semana podrá proceder de esta forma.

Fuente: Halacha Yomit.

El consumo de carne a partir de Rosh Jodesh Av

Leyes y costumbres de los días previos a Tisha beAv

Afirma el Talmud (Ta´anit 26b) que decretaron nuestros sabios que en la seudá hamafseket–última comida previa al ayuno- no se debe consumir carne ni beber vino así como no se deben comer dos comidas diferentes, por ejemplo, arroz y huevo. Y aún cuando el Talmud prohíbe el consumo de carne exclusivamente en la comida previa al ayuno, se difundió la costumbre de abstenerse de comer carne a partir de Rosh Hodesh Av hasta el diez del mismo. Esta costumbre ya está citada en las obras de los gueoním y los rishonim –primeros grandes comentaristas- y se generalizó en todo Israel. A estos efectos no existen diferencias entre la carne de res o de ave. Incluso comidas cocinadas con carne de cualquier tipo están prohibidas estos días pues contienen el sabor de la carne. Pescados no se hallan incluidos en la prohibición.
Los ashkenazim, por un lado, se abstienen de consumir carne incluso el día de Rosh Jodesh, sin embargo los sefaradím sí consumen carne el día de Rosh Hodesh mismo. Por otro lado, los sefaradím no consumen carne incluso todo el día 10 de Ab, sin embargo los ashkenazím lo hacen a partir del mediodía.
El Shabat Hazon, o sea el Shabat previo al 9 de Av, está permitido consumir carne en la comida sabática, e incluso el viernes está permitido probar la comida del Shabat para determinar si le falta sal o condimentos, etc. Algunas opiniones sostienen que incluso sin que medie ninguna necesidad se pueden probar el viernes las comidas del Shabat, pues de acuerdo a la opinión de los mekubbalim –autoridades de la Cabalá- es de suma importancia probar esta comida. Escribe Rabí Ovadiá Yosef, z”l, que se puede asumir esta opinión, sin embargo quien se abstiene convoca sobre sí la bendición. 

Excepciones


Asimismo, agrega que "las sobras de la comida sabática pueden ser consumidas motzae Shabat, o sea la salida del Shabat en la seudá reviit, -cuarta comida sabática que se lleva a cabo el sábado por la noche-. E incluso los que comen los restos de comidas del Shabat durante esta semana tienen en quien apoyarse. Los pequeños que no alcanzaron la edad de bar mitzva pueden consumir libremente las comidas de carne del Shabat durante esta semana (a condición de que no se cocine para Shabat una cantidad exagerada de manera que reste para la semana). Los niños más pequeños, que no comprenden la dimensión del duelo de esta semana, pueden consumir carne libremente e incluso se puede cocinar para ellos comidas con carne.
Los enfermos, aún cuando no presenten peligro de vida pueden consumir carne esta semana, lo mismo que la parturienta durante los treinta días posteriores al parto. También aplica esto para la mujer que está amamantando y el abstenerse de comer carne puede debilitarla y consecuentemente debilitar a su hijo, puede comer carne. También la mujer embarazada puede comer carne esta semana si siente cierta debilidad. Sin embargo, cualquier otra persona que consuma carne esta semana, está trasgrediendo un decreto rabínico lo cual es de suma gravedad.
Fuente: Halacha Yomit (Halajá diaria).

Las leyes de Kashrut o dietética judía

Lo permitido y lo prohibido en la alimentación, según la Halajá

El término hebreo Kashrut se refiere al conjunto de leyes dietéticas del pueblo judío, que básicamente, viene a disponer qué es o no es apto para comer, y viene a determinar un modo de vida sustentando en la pureza, no solo en la alimentación sino en todas las esferas de la existencia. Por el momento, nos centraremos en las normas generales sobre la alimentación, el tratamiento y manipulación de los alimentos. 

Todos los animales permitidos o aptos (kasher/kosher) deben tener la planta del pie dividida y ser rumiante. De ahí que los animales se dividan en dos categorías, los permitidos y los prohibidos. Las reglas van mucho más allá y afectan a su elaboración y manipulación, sus componentes y aditivos.

La interpreatación cabalística

De la interpretación cabalística se infiere, conforme explica el rabí Mordejay Babor, que “estas dos características básicas que poseen los animales permitidos, apuntan-metafóricamente-a lo siguiente: la planta del pie es la que marca el paso a seguir… y rumiar es volver a masticar lo ya ingerido. Existen dos ideologías religiosas opuestas en el mundo gentil. Una-la del Islam-postula la idea radical y obtusa de conservar fanática e irracionalmente las reglas y costumbres de antaño rumiando constantemente lo ya ingerido. La otra-el Cristianismo-reforma frecuentemente sus reglamentos para adecuarlos a las circunstancias de la época y sus conveniencias. Esto último representa la planta del pie dividida porque su ideología se bifurca y se desvía”.

“La primera está simbolizada en el camello-añade-, que rumia constantemente y posee las plantas del pie cerradas. Y la segunda, se refleja en el cerdo, que muestra sus patas hendidas, señal de división y reforma”.
 

La idea del Judaísmo

Explica que “lo kosher, es la idea del Judaísmo que propone ambas ideas en conjunto. Es decir, primero y principalmente, preservar firmemente las reglas y tradiciones legadas por nuestros antepasados. Y segundo-y la vez-mantener la mente abierta en una constante actualización-en cada circunstancia y modalidad que presente la sofisticada tecnología moderna-basada siempre en la interpretación raigal de la Torá Oral y con el único fin de conservar la práctica correcta de sus preceptos…”.


Lo detestable

El cerdo es el prototipo del taref y, por cierto, el más detestable. Es exactamente igualmente prohibido que los demás. Su odiosa fama proviene, según subraya Babor, porque cuando come extiende sus patas hendidas hacia adelante como mostrando que posee una señal de kasher, mientras oculta su boca entre ellas ocultando el símbolo que lo impugna-no es rumiante-, o sea, es omnívoro. Esta actitud hipócrita lo hace tan repugnante ante el Judaísmo, cuyos principios se basan en la franqueza y la verdad.

En lo que se refiere a la fauna marina (“…todo lo que tiene aletas y escamas…”) no se especifican nombres ni clases, sino que todo se limita a estas dos señales. La razón de esto se remonta a la misma Creación cuando D-s presentó toda la fauna terrestre ante Adam, quien les va poniendo a cada uno su nombre. Sin embargo, no ocurrió lo mismo con la fauna marina, cuyas especies no fueron denominadas por Adam.

 

Fauna avícola

En el texto bíblico no se especifican las características distintivas de las aves puras, como ocurre en el caso de los animales y los peces. Sin embargo, por tradición se sostiene que existen cuatro indicativos particulares para distinguir las especies permitidas. A saber, no son de rapiña; poseen espolón en sus patas; tienen un buche donde acumulan el alimento ingerido; poseen una membrana interior que se desprende con facilidad, cubre el estómago. No obstante, dada la complejidad para reconocer las mismas y la diversidad de aves que pueblan el planeta-además de la semejanza entre las especies avícolas-se optó por autorizar y catalogar como aptas para el consumo (kasher), únicamente a las especies conocidas a través de los años.
Con respecto a las langostas y sus especies, hay decenas de clases de langostas. La Torá fija como permitidas sólo cuatro especies. Estas últimas, actualmente, no son identificables. Debido a esto no se permite el consumo de ninguna clase.
Cabe destacar y coincidimos con la sabia opinión del rabí Mordejay Babor, que ninguna de las leyes de la Torá ha sido expresada con tanta meticulosidad, precisión y especificaciones como estas normas que marcan la dieta alimenticia del Kashrut.
Fuentes: Harav Mordejai Babour, Jumash HaMerkaz, Documentación propia.

 

Lista de emulsionantes prohibidos

De acuerdo a las normas del Kashrut les mostramos a título informativo los emulsionantes no aptos o prohibidos, de sumo interés a la hora de acudir a los supermercados u otros establecimientos comerciales sin certificación kosher donde hay ingente variedad de productos que pudieran no ser recomendables y que facilitaría, al menos, la supervisión personal previa antes de su compra y consumo. Esta lista es provisional y sujeta a revisión, bajo supervisión rabínica.
E-101, 120, 140, 141, 153,160-B, 160-F,161, 161-B, 161-C, 161-G, 163, 210, 211, 214,215, 217, 218, 235,236,237, 238, 250, 252, 260, 261, 262,263, 270, 280, 281, 282, 283, 284, 285, 297, 306, 307, 308, 309, 310, 311, 312, 320, 321, 322, 325, 326, 327, 328, 330, 334, 335, 363, 370, 375, 411, 414, 415, 422, 431, 432, 433, 434, 435, 436, 440, 446, 460, 470, 471, 472, 473, 474, 475, 476, 479, 481, 482, 484, 484, 491, 492, 493, 495, 542, 570, 571,574, 575, 621, 626, 627, 628, 629, 630, 631, 632, 635, 678, 904, 910, 912, 920, 951, 945, 957.

Sello kosher

Las leyes de Pesaj

El Talmud (Pesajim 6b) afirma: Se pregunta e investigan las leyes concernientes a Pesaj, treinta días antes de Pesaj. Pregunta Maran en su obra Bet Yosef cap. 429 que otro pasaje del Talmud (Meguilá 32ª) afirma que se estudian las leyes de Pesaj en Pesaj, las de Shavuot en Shavuot, las de Sucot en Sucot, por lo tanto entendemos que la obligación de estudiar las leyes relativas a la festividad rige exclusivamente en la festividad misma y no treinta días antes como declara el primer pasaje del Talmud arriba citado. Responde Rabí Yosef Caro z”l que la intención del Talmud en el tratado de Pesajim no es la de implementar el estudio correspondiente a la festividad treinta días antes, sino esto hace referencia a la legislación que establece que si dos alumnos formulan cada quien una pregunta, se le responde primero al que pregunta apropiadamente. En este caso, treinta días antes de la festividad de Pesaj, las preguntas relacionadas con la festividad se consideran apropiadas. Y así lo explica Rabbenu Nissim (s. XV).
En realidad, la obra Mishna Berurá afirma que a los efectos halájicos no dictaminamos según la opinión de Rabbenu Nissim, y por lo tanto la obligación los treinta días anteriores a Pesaj es de estudiar e investigar las halajot correspondientes a la festividad y no sólo preguntar sobre las mismas en estos treinta días. Sin embargo, Rabí Ovadia Yosef, z”l, en su obra Yebi´a Omer tomo segundo, capítulo 22, se explaya para sustentar el dictamen de Maran en su Shuljan Aruj que establece que no existe una obligación de estudiar las leyes relacionadas a la festividad treinta días antes e interrumpir los demás estudios, sino exclusivamente con respecto a las preguntas, las cuales se consideran apropiadas durante estos treinta días si se formulan sobre la festividad, como es opinión de Rabbenu Nissim arriba citado.
El día de Purim se halla incluído en los treinta días anteriores a Pesaj y por lo tanto a partir de este día se responden primero las preguntas sobre Pesaj. Sin embargo, si el mismo día de Purim un alumno pregunta sobre Purim y otro sobre Pesaj, se responderá primero la pregunta de Purim pues posee mayor consideración un precepto cuando es el momento de cumplirlo.
Fuente: Halacha Yomit, documentación propia.

Fragmento página del Talmud, Tratado de Pesaj.

Tratado de Pesaj

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